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La ley que elimina el despido automático por incapacidad permanente entra en vigor este jueves 1 de mayo

Este jueves 1 de mayo entra en vigor la ley que elimina como causa automática de extinción de contrato el reconocimiento de la incapacidad permanente, según publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado. Esta norma, que fue aprobada definitivamente en el Senado la semana pasada, modifica el Estatuto de los Trabajadores para eliminar la incapacidad permanente —total, absoluta o gran invalidez— como causa automática de extinción de contrato. El Ministerio de Trabajo prometió acometer este cambio normativo al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en abril de 2024.

El cambio pretende garantizar, de una manera más eficaz, el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad, dice el texto del proyecto. Con la nueva norma, el trabajador decidirá voluntariamente si desea la extinción del contrato o prefiere que la empresa le adapte el puesto para continuar trabajando o le busque uno nuevo, siempre que esto no suponga un coste excesivo.

Así, el trabajador podrá solicitar, en un plazo de un mes desde la notificación del reconocimiento de incapacidad permanente, el mantenimiento de su puesto y, a partir de entonces, la empresa tendrá tres meses para adaptarlo a las nuevas necesidades, cambiarlo a otro o extinguir el contrato si se dan las condiciones requeridas.

De esta manera, CERMI señala que se destierra del ordenamiento jurídico español una “discriminación histórica” para los trabajadores con discapacidad sobrevenida. El CERMI también indica que la modificación de la regulación del despido por incapacidad permanente se produce como consecuencia de la reforma del artículo 49 de la Constitución Española, operada en febrero de 2024, que elevaba al mayor rango legal la no discriminación de las personas con discapacidad en todos los ámbitos, incluido el laboral.

En la misma línea, desde el ministerio de Díaz vienen señalando este cambio normativo como “un paso fundamental para que las personas con discapacidad puedan acceder a un puesto de trabajo, incluso si se les reconoce la discapacidad con posterioridad a su incorporación laboral”. Asimismo, creen que saldan una “deuda histórica” con las personas con incapacidad permanente: “El reconocimiento de una incapacidad no ha de suponer la muerte laboral de la persona trabajadora”.