Golpe judicial a Hacienda por las deducciones fiscales que se aplicaron grandes empresas en su apuesta por invertir en grandes producciones cinematográficas de Hollywood rodadas en España. La Audiencia Nacional ha estimado varios recursos de agrupaciones de inversores y grandes productoras de cine norteamericanas que se aplicaron rebajas de impuestos sobre los beneficios obtenidos hace más de una década. Hacienda afronta el pago de más de 100 millones de euros a bancos, aerolíneas, operadoras de telecomunicaciones o medios de comunicación.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado íntegramente las reclamaciones contra la Agencia Tributaria, que negaba estas deducciones a las agrupaciones participadas por firmas como Banco Santander, Bankinter, Telecinco Cinema (Mediaset), Joyerías Tous o R Cable (Grupo MásMóvil), entre otras, que produjeron películas como Fast & Furious VI (Universal Studios Company) o Furia de Titanes 2 (COTT), ambas rodadas en España, en las que avala deducciones por más de 63 millones de euros.
No obstante, se espera que dicha factura fiscal para Hacienda pueda elevarse al haber aún varias agrupaciones pendientes de sentencia. Bajo este paraguas también fue investigada por el fisco Ramses Producciones AIE. Esta agrupación produjo Exodus, un filme dirigido por Ridley Scott, que rodó entre Canarias y Almería. Entre los inversores de esta película está Antena 3 Films (Atresmedia), Banco Cooperativo Español (Caja Rural), Air Europa, Binter, TSK, Cristian Lay, Tous o Santander, entre otros. Fue producida por 20th Century Fox. En este caso, la Inspección de Hacienda excluyó la posibilidad de deducirse más de 34 millones de euros. Para el rodaje, eligieron el desierto andaluz de Tabernas, donde se han grabado míticos spaguetti westerns como El bueno, el feo y el malo (1966), La muerte tenía un precio (1965) o Por un puñado de dólares (1964).
“Había empresas que podían tener algún exceso de tesorería que aprovecharon este esquema para invertir y fomentar la actividad en el sector cinematográfico con la ventaja de poder acceder a deducciones fiscales que mejoraban la rentabilidad de esas inversiones” señala Antonio Puentes, socio fiscal de BDO Abogados, como explicación a que compañías tan diversas y de distintos sectores estuvieran detrás de producciones artísticas.
La controversia se remonta a hace más de 10 años. Para incentivar que grandes largometrajes de Hollywood se rodaran en España, el Ministerio de Cultura permitió que grandes empresas pudieran invertir bajo un esquema de incentivos fiscales en las llamadas Agrupaciones de Interés Económico (AIE), que estaban lideradas por las grandes productoras de cine norteamericanas en alianza con otras productoras nacionales. El fin de estos consorcios era atraer a España a las grandes multinacionales cinematográficas para que rodaran sus películas en territorio nacional. Esto permitía generar una actividad extra, fundamentalmente en Canarias, y ganar en visibilidad y promoción turística de los escenarios donde se grababan los filmes que acababan en salas de todo el mundo. Entre los que utilizaron estas IAE está, por ejemplo Warner Bros, que rodó algunos capítulos de su popular serie Juego de Tronos en casi una veintena de enclaves históricos de España que han disparado las visitas de turistas posteriormente.
Sin embargo, al menos desde 2015, la Agencia Tributaria empezó a investigar a estas agrupaciones. Ya en 2017, la Delegación Central de Grandes Contribuyentes consideró que dichas Agrupaciones de Interés Económico no tenían como fin la producción cinematográfica y prohibió a los inversores de las mismas apuntarse rebajas de impuestos. Las empresas afectadas no se quedaron de brazos cruzados y recurrieron en vía administrativa, pero el Tribunal Económico Administrativo Central, órgano dependiente de la propia Hacienda, confirmó el criterio de la Agencia Tributaria. Ante la negativa a dar carta de naturaleza a las deducciones fiscales, las compañías interpusieron diversos recursos ante la Audiencia Nacional, que ha revocado los dictámenes de Hacienda y les ha dado la razón.
En este caso, los bufetes de abogados que han representado a los inversores trataban de acreditar que las AIE son verdaderas productoras a efectos cinematográficos y tributarios, tal y como habían acreditado el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), órgano dependiente del Ministerio de Cultura. Consideraban que un órgano de la administración, como es Hacienda, no puede ofrecer un criterio distinto al de otro órgano de la misma Administración. “La actora es verdadera productora cinematográfica y no una estructura aparente creada para proporcionar beneficios fiscales a sus partícipes, como entiende la Inspección”, concluyen los magistrados, que han considerado íntegramente toda la reclamación de los inversores. “No cabe una estanqueidad de la actuación de la AEAT de forma descoordinada respecto de otros órganos administrativos, a menos que concurran especial razones que justifiquen dicha separación de criterio, perfectamente motivadas, lo cual ha de ser la excepción y no la regla general”, añaden las recientes sentencias consultadas por este medio.
En este punto, la Audiencia Nacional toma como jurisprudencia las recientes sentencias del Supremo que dieron la razón a empresas que se dedujeron gastos en I+D+I para fomentar la investigación. “Tal como ha sido el caso de las deducciones tecnológicas en la imposición societaria, reiterando que los pronunciamientos de la Agencia Tributaria no pueden ir dispares de los efectuados por el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Así, esta doctrina resulta de plena aplicación al caso, no solamente por el obligado respeto a los actos propios, a la personalidad jurídica única de la Administración del Estado y al principio de confianza legítima, sino igualmente de lo derivado en el artículo 39.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del PAC, en cuanto que las Administraciones Públicas respetarán los actos y normas procedentes de los demás órganos administrativos aunque no dependan jerárquicamente de ellas o dependan de otras administraciones”.
Las recientes sentencias han merecido el análisis del sector jurídico. “La sentencia puede tener importantes implicaciones para la industria cinematográfica y la aplicación de incentivos fiscales en España. Al reconocer la condición de productor cinematográfico a una AIE, la AN refuerza un esquema de coproducción que, como apunta la sentencia, ha sido fomentado por el propio legislador”, señalan los abogados de Cuatrecasas. Otro gran despacho repara en el hecho de que al conformarse estas agrupaciones se lanzaron consultas a la Dirección General de Tributos, para evitar problemas posteriores, y estas resoluciones fueron favorables a los incentivos, por lo que consideraban que posteriormente la Agencia Tributaria no debía cambiar dicha doctrina.
“Los criterios de esta sentencia pueden tener un impacto muy positivo en la seguridad jurídica y la confianza de productores y financiadores de producciones audiovisuales. En definitiva, la sentencia contribuye a reforzar la seguridad jurídica de las estructuras de producción cinematográfica y audiovisual en España”, concluye Cuatrecasas. Otros despachos implicados en algunos casos son críticos con la actuación de Hacienda, ya que señalan que después de la ofensiva contra estas inversiones se paró en gran medida la actividad productora de grandes firmas internacionales en España.
Por su parte, la Airef ha señalado esta misma semana que las acciones legales contra el Estado han supuesto uno de los principales riesgos para las finanzas públicas. “Las sentencias judiciales desfavorables para los intereses del Estado han supuesto un coste medio de 1.000 millones al año en el periodo 2014-2023, y propone medidas para prevenir los conflictos judiciales, minimizar el impacto y mejorar la transparencia”.
“En la última década, numerosas sentencias judiciales han sido desfavorables para los intereses del Estado, afectando a figuras tributarias como el Impuesto de Hidrocarburos, el Impuesto de la Renta de las Personas físicas (IRPF), el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR), el Impuesto de Sociedades (IS), el canon hidráulico, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) y las sanciones relacionadas con la declaración de bienes en el extranjero. También se han planteado litigios relacionados con asuntos no tributarios, como la financiación del bono social eléctrico y la indemnización por la clausura del almacén de gas Castor”, añade la Airef.
No es la primera vez que grandes empresas se las ven con Hacienda en los tribunales por inversiones en Agrupaciones de Interés Económico. Estos vehículos también fueron en los que invirtieron los gigantes del Ibex para lograr bonificaciones al invertir en el sector naval, posteriormente cuestionado por Bruselas en el conocido como régimen de tax lease. El Tribunal Supremo ha dictado este mismo año multitud de sentencias a favor de las empresas que se acogieron a este esquema.
Las resoluciones judiciales sobre los inversores en producciones de cine aún no son firmes. Fuentes jurídicas advierten que la Abogacía del Estado, que defiende a la Agencia Tributaria en este litigio, aún puede interponer recursos de casación ante el Tribunal Supremo. No obstante, por ahora no se les ha notificado que Hacienda vaya a recurrir sobre sentencias alguna de las cuales ya salió hace más de un mes. De no hacerlo, estos fallos se convertirían en firmes. Este medio se puso en contacto con la Agencia Tributaria para conocer su posición en este conflicto pero ha rechazado hacer comentarios.