El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, tendrá que acudir a declarar al Tribunal Supremo el próximo miércoles como imputado después de que el instructor de la causa, Ángel Hurtado, haya rechazado suspender su citación.
Asimismo, en un auto dictado este lunes, el juez rechaza practicar la mayoría de diligencias acordadas por la Abogacía del Estado, en representación de García Ortiz, por considerarlas inútiles para el esclarecimiento de los hechos.
Además, en la resolución, el magistrado deja claro que la publicación por parte de EL MUNDO del correo que el fiscal de Delitos Económicos de Madrid, Julián Salto, envió a la defensa del empresario Alberto González Amador el pasado 12 de marzo no supuso ninguna revelación de secretos: «No se alcanza a entender la incidencia que pueda tener ese correo de 12 de marzo, que se difunde a partir de la autorización de la persona a quien concierne el secreto, si es para minimizar la trascendencia del de 2 de febrero, cuando éste circula a partir de la actuación de un tercero ajeno a la confidencia, quien, más que divulgarlo, lo filtra subrepticiamente a la prensa, sin autorización alguna del titular del secreto, cuando la relevancia delictiva se encuentra en la quiebra de esa confidencialidad de su contenido, por parte del filtrador, con que se define el delito del artículo 417 del Código Penal; tanta, que parece razonable deducir que ha sido tras la filtración de ese correo de 2 de febrero, con el reconocimiento expreso que en él se hace de que se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública, cuando aparece en determinados medios y ámbitos que a Alberto González Amador se le considera un defraudador confeso, sin serlo, con el daño reputacional que ello conlleva».
En contraposición, el juez recuerda que el correo «litigioso» es el del 2 de febrero que el abogado del novio de Ayuso envió al fiscal Julián Salto, en que «comunica que es voluntad firme de esta parte alcanzar una conformidad penal, reconociendo íntegramente los hechos (ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública), así como proceder a resarcir el daño causado pagando íntegramente la cuota e intereses de demora a la AEAT».
Los intentos de la defensa del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y de los medios afines al Gobierno de tratar de extender el objeto de la causa abierta por la filtración de datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso han caído en saco roto a la vista del auto dictado por el instructor Hurtado.
El magistrado hace esta serie de consideraciones en el mismo auto donde rechaza citar a declarar al querellante en la causa, Alberto González Amador, y a varios periodistas de El País -entre ellos, a José Manuel Romero-, así como rehúsa acordar la intervención del dispositivo de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid.
Sobre los testimonios de periodistas de El País, el juez recuerda que «al margen de la cautela con que han de ser tratadas en un proceso penal las informaciones periodísticas, vuelven a ser opiniones que no es fácil entender que se pretenda con ellas variar un criterio judicial razonablemente expuesto».
El juez, que no ve obstáculo en incorporar dos noticias publicadas por ese periódico al procedimiento, sí deja claro que, en una de ellas, «en cualquier caso, se trata de una valoración de unos hechos, propia de quien firma la información –el periodista José Manuel Romero-, que, habiendo sido formada fuera de lo actuado en la causa, de poca utilidad puede ser a este instructor, que ha formado su criterio, al nivel indiciario que viene exponiendo, en sus resoluciones, en particular en el auto de 13 de enero, tras un examen de las distintas diligencias obrantes en las actuaciones». Además, el juez acuerda la incorporación de varias instrucciones y guías de actuaciones del Ministerio Fiscal.
En relación a la toma de declaración de González Amador, el instructor señala que «no deja de sorprender que sea interesada por la defensa, cuando la práctica de todos los días nos viene enseñando que lo habitual es que el testimonio de quien comparece en el proceso como acusación más que favorecer venga a resultar perjudicial para el acusado».
En todo caso, Hurtado añade que «para formar una idea de la posición del querellante nos la ofrece su propia querella y la actividad de su representación a lo largo de lo actuado, ante lo cual, una diligencia como su toma de declaración previa, que suponga una dilación para la declaración de los investigados, la considero innecesaria».
«Múltiples evidencias testificales»
Respecto a la petición de que se requiera la intervención del dispositivo del jefe de Gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, la defensa la fundamentaba, según indica el auto, en «las múltiples evidencias testificales que contradicen las constantes afirmaciones del Rodríguez Bajón respecto a que él no facilitó a los periodistas el correo de 12 de marzo hasta las 22.21 horas del día 13 de marzo, una vez ya estaba publicada la noticia de EL MUNDO a las 21,29», y en que «varios testigos han afirmado que el señor Rodríguez, mucho antes, ya estaba trasladando esta información a los medios de comunicación, pues disponía de ella, al menos, desde las 9.09 horas del día 12 de marzo».
El instructor expone al respecto, como primera consideración, que el referido testigo manifestó que «no conocía el correo litigioso, que es el del 2 de febrero de 2024, que el abogado de Alberto González Amador envió al fiscal Julián Salto, en que «comunica que es voluntad firme de esta parte alcanzar una conformidad penal, reconociendo íntegramente los hechos (ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública), así como proceder a resarcir el daño causado pagando íntegramente la cuota e intereses de demora a la AEAT», hasta después de hacerse público por la Cadena SER.
El magistrado Ángel Hurtado añade que es de donde se debe partir, de la filtración a esa emisoria, porque la razón por la que se pretenden las diligencias que se solicitan es por la difusión que pudo haber tenido otro correo, de 12 de marzo de 2024, que envió el fiscal Julián Salto al letrado de Alberto González Amador a las 8:50 horas, en el que le responde que «aunque se ha denunciado también a otras personas, no será obstáculo para poder llegar a un acuerdo si usted y su cliente lo estiman posible», y es de este correo (que reconoció haber recibido a las 9 de la mañana de ese mismo día 12) del que mantuvo que no hizo uso de él hasta 38 horas después, distribuyéndolo por varios medios, a las 22:21 horas del día 13, «una vez publicado, a las 21:29 horas, por El Mundo el ofrecimiento del pacto por parte de la Fiscalía».