Marisa Cruz Madrid
Actualizado Martes,
21
enero
2025
–
18:12
El ex ministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, en la actualidad diputado del Grupo Mixto, ha solicitado mediante escrito de reconsideración remitido a la Mesa del Congreso, y al que ha tenido acceso EL MUNDO, la retirada del orden del día de mañana de la votación del suplicatorio que ha solicitado el Tribunal Supremo para poder investigarle por su presunta participación en la trama corrupta del conocido como caso Koldo.
Ábalos sustenta su reclamación en tres argumentos. En el primero señala que la votación de mañana vulneraría lo estipulado en el artículo 13.3 del Reglamento del Congreso según el cual «concluido el trabajo de la comisión [del Estatuto del Diputado], la cuestión, debidamente documentada, será sometida al primer Pleno ordinario de la Cámara». Sin embargo, la Mesa ha optado por saltarse esta precisión y ha optado por incluir la votación de su suplicatorio en el Pleno extraordinario que se celebrará mañana.
El ex ministro argumenta que el texto del Reglamento es «preciso» al exigir el carácter ordinario de la sesión y sobre este punto no cabe la interpretación que proporcionaron fuentes de la presidencia de la Cámara invocando un supuesto «espíritu de la norma» según el cual lo que el legislador pretendía era poner de manifiesto que la votación de un suplicatorio no puede ser demorada. Ábalos considera que dicha lectura del Reglamento es «más que expansiva pues si el propósito del legislador fuera el que se dice ser, bastaría con no haber calificado el carácter del Pleno, pero si se explicita que este deba ser ordinario es porque se excluye la posibilidad de que sea extraordinario».
Su segundo argumento incide en el hecho de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo todavía no a dado respuesta al recurso de súplica que presentó contra el auto dictado contra él el pasado 19 de diciembre. Por ello recalca que «someter a votación un auto de suplicatorio que aún no es firme es de una precipitación evidente porque, en el supuesto de que fuera aprobado, quedaría sujeto a ratificación o anulación en función de lo que resolviera la Sala del Tribunal Supremo, adquiriendo así un carácter preventivo o anticipatorio injustificado».
Por último, el diputado cita el artículo 69 del Reglamento según el cual «ningún debate podrá comenzar sin la previa distribución, a todos los diputados con derecho a participar en el Pleno o en la Comisión, en su caso, al menos con 48 horas de antelación, del informe, dictamen o documentación que haya de servir de base en el mismo, salvo acuerdo en contrario de la Mesa del Congreso o de la Comisión debidamente justificado».
Sobre este punto afirma que el dictamen que hace referencia a la toma en consideración del suplicatorio no se le ha remitido pese a ser de «indudable interés» para su persona ya que es él el objeto del mismo.