El titular del juzgado de instrucción número 4 de Valencia ha dictado auto de apertura de procedimiento abreviado contra Francis Puig, el hermano del ex presidente valenciano Ximo Puig, que queda así a un paso del banquillo de los acusados, al igual que el que fuera su socio Juan Enrique Adell Bover. El empresario audiovisual está acusado de los supuestos delitos de estafa y falsedad documental en el cobro de subvenciones por parte del anterior gobierno valenciano de izquierdas que presidió su hermano.
El auto se ha conocido este viernes coincidiendo con el arranque del congreso que los socialistas valencianos celebran en la capital. El juez sostiene que entre 2015 y 2018 las sociedades de Mas Mut Produccions, Canal Maestrat Comunicacions dels Ports «obtuvieron indebidamente subvenciones de la Generalitat Valenciana». Sobre el hermano de Ximo Puig, el juez afirma que «solicitó las subvenciones como administrador de Comunicacions dels Ports y Mas Mut Produccions», para lo cual «incorporó a la facturación empresas vinculadas, facturas duplicadas y cruzadas».
Eso sí, el juez descarta finalmente el delito de fraude de subvenciones porque la cantidad defraudada no supera los 120.000 euros, sino que cifra en 67.500 euros el dinero percibido «de forma indebida por los investigados y sus sociedades».
Aun así, el juez entiende que las «conductas son relevantes», en la medida en que ha quedado acreditado el uso de «facturas falsas, sociedades instrumentales, domicilios ficticios, actividades carentes de forma patente de cualquier tipo de relación con la subvención que efectivamente se obtuvo». Todo ello «produjo el subsiguiente enriquecimiento a favor de las sociedades administradas por los investigados Francisco Puig Ferrer y Juan Enrique Adell Bover».
Apunta incluso al «carácter de empresa ficticia e instrumental» de Mas Mut, al desgranar las prácticas que empleaba para lograr ayudas públicas de la Generalitat: «La elaboración de contenidos de forma impresa para un medio digital no es justificable. Como tampoco la aportación de contenidos en castellano cuando la actividad subvencionable ha de ser en valenciano, ni tampoco la aportación de contenidos de otras comunidades apelando su situación geográfica colindante», cuestiona el juez.
El juzgado da ahora un plazo de diez días al fiscal y las acusaciones personadas en el procedimiento a fin de que soliciten el sobreseimiento de la causa o la apertura de juicio oral mediante la presentación de escrito de acusación. El auto no es firme y puede ser recurrido.