Natalia Puga Pontevedra
Actualizado Lunes,
20
enero
2025
–
14:40
El número de procedimiento 370/1999 iniciado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vilagarcía de Arousa en el año 1999 ha quedado este lunes visto para sentencia. Se había convertido en la causa sin juzgar más antigua de España y la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de darle carpetazo un cuarto de siglo después. Como resultado de esta demora, y de la anulación de la principal prueba contra los acusados, el momento de la justicia ha llegado con la acusación ya prácticamente vacía de contenido y con un tercio de los acusados ya fallecidos, entre ellos, el principal, Nené Barral.
En 1999 empezó a investigarse, indagó sobre hechos que supuestamente ocurrieron entre 1996 y 2001 y en mayo se cumplirán 24 años de la detención por esta causa de José Ramón Barral Martínez, Nené, considerado como el último capo del contrabando en Galicia y que, tras aquel arresto se vio obligado a renunciar como alcalde de Ribadumia. Falleció en 2023 sin ser juzgado.
En el caso de Nené Barral, esta causa truncó su carrera política. Pero han sido muchas las vidas afectadas por el largo proceso. Su hermano, Feliciano Barral, también acusado, ejerció el derecho a la última palabra en el juicio celebrado en Pontevedra para reivindicar su inocencia y, sobre todo, los efectos de la demora judicial. «Quiero vivir porque llevo 24 años sufriendo y sufriendo y sufriendo», reclamó.
Otro de los procesados, José Manuel Sotelo García, ahondó en esa sensación. «Llevo 25 años sufriendo este calvario, no me quedan fuerzas», relató al término de la vista oral, en alusión a las dilaciones producidas en este procedimiento y su «largo periplo judicial», como lo definió uno de los abogados defensores.
El fiscal reconoció, en sus conclusiones, que «no es lógico» estar juzgando este caso 25 años después y que es una situación «absolutamente anormal».
La causa la comenzó ya en el siglo pasado un juez muy conocido para los narcotraficantes gallegos, José Antonio Vázquez Taín, y se ha demorado a lo largo de los años en sus distintas fases de instrucción, atascada , entre otras cuestiones, por implicar a distintos países por los que habría pasado la mercancía.
Por esta causa llegaron a estar acusadas doce personas, si bien cuatro fallecieron durante el tiempo que duró la instrucción. La Fiscalía les considera miembros de una organización integrada por personas de nacionalidad portuguesa, holandesa, suiza, croata, norteamericana, inglesa y polaca que entre 1996 y 2001 se dedicaron a la introducción en España y en el territorio de la Unión Europea de importantes partidas de labores de tabaco de procedencia extracomunitaria.
Cuatro fallecidos durante la instrucción
La causa ha llegado a juicio desprovista de contenido por esa demora y también como resultado de un auto emitido por la Audiencia pontevedresa en febrero de 2023, por el que decidió anular todas las escuchas telefónicas que fundamentaban la acusación, iniciadas el 11 de febrero de 1999. Durante dos años pincharon más de 100 teléfonos de unas 70 personas para investigar estos hechos, entre ellos, el teléfono de la Alcaldía de Ribadumia desde el que hablaba Barral, que llevaba siendo alcalde 18 años primero con AP y luego con el PP.
La anulación de estas grabaciones supone también que se deben desestimar todos los hallazgos y pruebas que se hayan obtenido contra los acusados a raíz de esas escuchas. De esta forma, el fiscal del caso, que para este juicio ha sido Augusto Santaló, se ha visto obligado a retirar todas las acusaciones que se sustentaban en esas pruebas.
La causa se seguía por los delitos de contrabando, cohecho, asociación ilícita y revelación de secretos por parte de funcionario público, pero finalmente se han tenido que retirar el cohecho y la asociación ilícita. Con este cambio, el fiscal pide para los acusados penas por contrabando que van entre dos y tres años de cárcel y multas de entre 1,8 y 15 millones de euros y penas por revelación de secretos que implican multas de 5.400 euros. Entre todos, también tendrían que pagar a la hacienda pública cinco millones de euros.
Piden la absolución
Los abogados defensores, por su parte, piden la absolución de todos los acusados al entender que no hay ya ninguna prueba contra ellos. De hecho, ninguno de ellos declaró en la vista oral, sino que se acogieron a su derecho a no declarar, y la prueba que se practicó se redujo a las declaraciones de tres agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera que no aportaron ninguna conclusión relevante al no poder referirse al contenido de esas escuchas telefónicas anuladas.
Las defensas sostienen que no solo no hay pruebas sino que el delito de contrabando que les atribuyen no se llegó a producir, pues les acusan por introducir en el puerto de Vigo cuatro contenedores con 400.000 cajetillas de tabaco marca Magnum especial, pero sus letrados insisten en que cuando fueron incautados no habían llegado a salir de la Zona Franca, zona exenta en la leyes contra el contrabando.
Un agente de Vigilancia Aduanera sostuvo en el juicio que sí se produjo ese delito porque, en el momento en el que la mercancía entra en el espacio marítimo europeo, ya hay importación. «Se entiende como importación la mera introducción de mercancía en el recinto aduanero», explicó. Y añadió que la Zona Franca que hay en el puerto de Vigo sí está afectada por la ley de contrabando, al no ser un lugar al que lleguen las mercancías directamente desde el mar.